3/LA Instructivo de trámite para presentar consultas en materia aduanera a través de organizaciones que agrupan contribuyentes (Regla 1.2.7., segundo párrafo).

    ¿Quiénes lo presentan?

    Las asociaciones patronales; los sindicatos obreros, cámaras de comercio e industria, agrupaciones agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, colegios de profesionales, así como los organismos que los reúnan; las asociaciones civiles que de conformidad con sus estatutos tengan el mismo objeto social que las cámaras y confederaciones empresariales en los términos de la Ley del ISR.

    ¿Dónde se presenta?

    A través de Buzón Tributario.

    ¿Qué documento se obtiene al finalizar el trámite?

    Acuse de recibo.

    ¿Cuándo se presenta?

    En cualquier momento.

    Requisitos:

    1. Acreditar que se encuentran constituidas conforme a la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones.

    2. Poder general para actos de administración del representante legal de la persona que consulta, cuando se trate de promociones que no se presenten por propio derecho.

    3. Anexar los elementos y/o documentación relacionados con la consulta que desea presentar.

    Condiciones:

    1. Contar con e.firma vigente.

    2. Que impliquen la interpretación jurídica de las disposiciones aduaneras que no sea competencia de otra Unidad Administrativa.

    Información adicional:

    No aplica.

    Disposiciones jurídicas aplicables:

    Artículos 1 de la Ley, 18, 18-A, 19, 34 del CFF, 7 de la Ley del ISR y las reglas 1.2.2., y 1.2.7.

     

    (LA: Art. 1) (CFF: Art. 18) (CFF: Art. 18A) (CFF: Art. 19) (CFF: Art. 34) (RGCE 2020: Regla 1.2.2) (RGCE 2020: Regla 1.2.7)