16/LA Instructivo de trámite para solicitar la aplicación de exámenes para aspirantes a agente aduanal por sustitución (Regla 1.4.14.).

    ¿Quiénes lo presentan?

    El agente aduanal autorizado por el SAT mediante una patente, que solicite la aplicación de exámenes para un aspirante a agente aduanal por sustitución.

    ¿Dónde se presenta?

    Ante la ACAJA, mediante escrito libre.

    ¿Qué documento se obtiene al finalizar el trámite?

    Oficio de respuesta.

    ¿Cuándo se presenta?

    En cualquier momento antes del 31 de mayo de 2018.

    Requisitos:

    1. Manifestar:

    a) Que el aspirante de agente aduanal, desea realizar el examen de conocimientos y, en su caso, psicotécnico a que refiere la regla 1.4.14.; y

    b) Que no ha interpuesto algún medio de defensa en contra de la derogación del artículo 163-A de la Ley, publicada en el DOF, mediante el "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera", el 9 de diciembre de 2013.

    En caso de haber interpuesto algún medio de defensa, se deberá adjuntar la copia del acuerdo de la autoridad judicial o jurisdiccional en el que conste el desistimiento o la improcedencia del mismo.

    Condiciones:

    1. Estar inscrito y activo en el RFC.

    2. Contar con e.firma vigente.

    3. Que el agente aduanal autorizado, no esté sujeto a alguno de los procedimientos de suspensión, cancelación, extinción de su patente, de conformidad con los artículos 164, 165 y 166 de la Ley, o bien la patente hubiere sido cancelada o extinguida.

    4. La solicitud deberá estar signada por el agente aduanal autorizado.

    Información adicional:

    No aplica.

    Disposiciones jurídicas aplicables:

    Reglas 1.2.2. y 1.4.14.

     

    (RGCE 2020: Regla 1.2.2) (RGCE 2020: Regla 1.4.13)