REGLA 3.1.32. AUTORIZACIÓN PARA SER DICTAMINADOR ADUANERO

     

    Para los efectos del artículo 174 de la Ley , los aspirantes a obtener la autorización de Dictaminador Aduanero, podrán presentar ante la ACAJA solicitud en el Portal del SAT, accediendo a la Ventanilla Digital, y deberán cumplir con lo dispuesto en la ficha de trámite 37/LA.