REGLA 4.6.9. TRANSMISIÓN ELECTRÓNICA A LA VENTANILLA DIGITAL, POR EMPRESAS CONCESIONARIAS DE TRANSPORTE FERROVIARIO
Las empresas concesionarias de transporte ferroviario que efectúen operaciones de tránsito interno e internacional por medio de transporte ferroviario, deberán realizar la transmisión electrónica de información, a la Ventanilla Digital , en la medida en que se habiliten paulatinamente los sistemas informáticos en cada aduana del país, lo cual se dará a conocer en el Portal del SAT . Una vez que se pueda realizar la misma, se deberá cumplir con lo establecido en la regla 4.6.8. , y ya no será necesario realizar el procedimiento a que se refiere la regla 1.9.13.
Asimismo, los agentes o apoderados aduanales deberán realizar la presentación electrónica del pedimento conforme a la regla 3.1.19. , en la medida en que se habiliten paulatinamente los sistemas informáticos en cada aduana del país, las cuales el SAT dará a conocer a través del Portal del SAT.
Mexican Customs Law
Regulations Of The Mexican Customs Law
RGCE 2020
IMMEX Decree
Federal Fiscal Code
Foreign Trade Law
Regulations of Foreign Trade Law
Value Added Tax Law
Regulations of Value Added Tax Law
Federal Duties Law