REGLA 4.8.11. OPCIÓN PARA DESTINAR MERCANCÍAS EN DEPÓSITO ANTE LA ADUANA AL RÉGIMEN DE RECINTO FISCALIZADO ESTRATÉGICO
Para los efectos de los artículos 25, último párrafo y 135-A, segundo párrafo, de la Ley , las mercancías que se encuentren en depósito ante la aduana en recinto fiscalizado, podrán destinarse al régimen aduanero de recinto fiscalizado estratégico , sin que sea necesario retirarlas del almacén en que se encuentren, cumpliendo con los "Lineamientos para destinar mercancías en depósito ante la aduana al régimen de RFE" emitidos por la AGA , mismos que se podrán consultar en el Portal del SAT.
Mexican Customs Law
Regulations Of The Mexican Customs Law
RGCE 2020
IMMEX Decree
Federal Fiscal Code
Foreign Trade Law
Regulations of Foreign Trade Law
Value Added Tax Law
Regulations of Value Added Tax Law
Federal Duties Law