REGLA 6.1.3. RECTIFICACIÓN DE PEDIMENTOS EN ACUERDO CONCLUSIVO
Para los efectos del artículo 89, penúltimo párrafo de la Ley , los contribuyentes que se encuentren sujetos al ejercicio de las facultades de comprobación contempladas en el artículo 42, fracciones II, III, y IX del CFF , podrán rectificar los datos inexactos asentados en sus pedimentos, siempre que se haya solicitado la adopción de un acuerdo conclusivo y cumplan con lo previsto en la ficha de trámite 101/LA .
Mexican Customs Law
Regulations Of The Mexican Customs Law
RGCE 2020
IMMEX Decree
Federal Fiscal Code
Foreign Trade Law
Regulations of Foreign Trade Law
Value Added Tax Law
Regulations of Value Added Tax Law
Federal Duties Law