123/LA Instructivo de trámite para solicitar la autorización y prórroga para la fabricación o importación de candados electrónicos (Regla 1.7.7.).

    ¿Quiénes lo presentan?

     

    Las personas morales.

    ¿Dónde se presenta?

     

    Ante la ACAJA, a través del Portal del SAT, accediendo a la Ventanilla Digital, de conformidad con la regla 1.2.2., último párrafo.

    ¿Qué documento se obtiene al finalizar el trámite?

     

    Oficio de respuesta a la solicitud.

    ¿Cuándo se presenta?

     

    En cualquier momento.

     

    En el caso de prórroga, durante los últimos tres meses, previos al vencimiento de la autorización.

    Requisitos:

     

    Adjuntar:

     

    1. Acta constitutiva, o bien instrumento notarial con el que acredite su objeto social relacionado lo previsto en el artículo 16-D de la Ley.

     

    2. Poder notarial para actos de administración, con el que se acredite la personalidad del apoderado legal de la persona moral que en su representación suscribe la solicitud, así como copia de su identificación oficial

    .

    3. Los documentos bancarios o financieros y comerciales con los que se acredite la solvencia económica de la persona moral solicitante, así como una manifestación bajo protesta de decir verdad, en la que se indique que la solicitante, así como sus socios y accionistas cuentan con solvencia económica, capacidad técnica, administrativa y financiera en la prestación de los servicios previstos en el artículo 16-D de la Ley

     

    4. Manifestación bajo protesta de decir verdad, en la que se indique que la solicitante no actúa en carácter de importador, exportador, agente aduanal o agencia aduanal.

     

    5. Propuesta técnica, relativa a la operación de los candados electrónicos, con visto bueno de la ACMA.

     

    6. Para el caso de prórroga, manifestar bajo protesta de decir verdad, que las circunstancias bajo las cuales se otorgó inicialmente la autorización, no han variado y que se continua cumpliendo con los requisitos y obligaciones inherentes a la misma.

    Condiciones:

     

    1. Estar inscrito y activo en el RFC.

     

    2. Contar con e.firma vigente.

    3. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

    Información adicional:

     

    Los documentos exhibidos con anterioridad, que se encuentren vigentes al momento de una nueva solicitud, no deberán ser presentados nuevamente.

    Disposiciones jurídicas aplicables:

     

    Artículo 16-D de la Ley, 248 del Reglamento, y las reglas 1.1.3., 1.2.2., 1.6.3., 1.7.7.