115/LA Instructivo de trámite para actuar en las aduanas en las que no se encuentren adscritos o autorizados los agentes aduanales, sólo para efectuar el inicio o arribo del tránsito interno (Regla 4.6.16.).

    ¿Quiénes lo presentan?

    Los agentes aduanales que pretendan efectuar el inicio o arribo de tránsitos internos en las aduanas en las que no se encuentren adscritos o autorizados.

    ¿Dónde se presenta?

    Mediante correo electrónico ante la aduana donde se pretende efectuar el inicio o arribo del tránsito interno.

    ¿Qué documento se obtiene al finalizar el trámite?

    No se obtiene documento, ya que solo es un aviso para la aduana que corresponda.

    ¿Cuándo se presenta?

    En cualquier momento.

    Requisitos

    1.a)b)c)d)2. a)

    Condiciones:

    1.2.3.4.

    Información adicional:

    No aplica.

    Disposiciones jurídicas aplicables:

    Artículo 161, último párrafo, de la Ley y la regla 4.6.16.