ANEXO 15-D: SERVICIOS DE PROGRAMACIÓN
Sustitución simultanea
1. Canadá rescindirá la Política Regulatoria de Radiodifusión CRTC 2016-334 (Broadcasting Regulatory Policy CRTC 2016-334) y la Orden de Radiodifusión CRTC 2016-335 (Broadcasting Order CRTC 2016-335). Con respecto a la sustitución simultánea de señales durante la retransmisión en Canadá del programa referido en aquellas medidas, Canadá no podrá otorgar al programa un trato menos favorable que el trato acordado a otros programas originados en Estados Unidos y retransmitidos en Canadá.
2. Estados Unidos y Canadá establecerán en su ordenamiento jurídico sobre derecho de autor que:
3. Con excepción de lo dispuesto en el párrafo 1, nada en el sub-párrafo 2 (b) se deberá interpretar para impedir a una Parte mantener medidas existentes relacionadas con la retransmisión de un programa llevado a cabo con señales que tienen la intención de ser transmitidas de manera gratuita, para la recepción abierta al público en general; o introducir medidas que permitan al licenciatario local del programa con derecho de autor explotar en su totalidad el valor comercial de su licencia.
Servicios de Programación de Televentas
4. Canadá asegurará que los servicios de programas de Estados Unidos especializados en televentas, incluidas versiones modificadas de esos servicios de programas de Estados Unidos para el mercado canadiense estén autorizados para distribución en Canadá y podrán negociar acuerdos de afiliación con distribuidores canadienses de cable, satélite y TV IP.
Mexican Customs Law
Regulations Of The Mexican Customs Law
RGCE 2020
IMMEX Decree
Federal Fiscal Code
Foreign Trade Law
Regulations of Foreign Trade Law
Value Added Tax Law
Regulations of Value Added Tax Law
Federal Duties Law