ARTÍCULO 18.8: DESAGREGACIÓN DE ELEMENTOS DE LA RED
Cada Parte proporcionará a su organismo regulador de telecomunicaciones la facultad de exigir que un proveedor importante en su territorio ofrezca a los proveedores de servicios públicos de telecomunicaciones acceso a los elementos de la red de manera desagregada en términos y condiciones, y a tarifas orientadas a costos, que sean razonables, no discriminatorias y transparentes para el suministro de servicios públicos de telecomunicaciones. Una Parte podrá determinar, de conformidad con sus leyes y regulaciones, los elementos de la red requeridos para estar disponibles en su territorio y los proveedores que podrán obtener esos elementos.
Mexican Customs Law
Regulations Of The Mexican Customs Law
RGCE 2020
IMMEX Decree
Federal Fiscal Code
Foreign Trade Law
Regulations of Foreign Trade Law
Value Added Tax Law
Regulations of Value Added Tax Law
Federal Duties Law