ARTÍCULO 38: CÁLCULO DEL MONTO DE LA SUBVENCIÓN
Al calcularse el monto de la subvención (RLCE: Art. 38A) recibida por la mercancía extranjera exportada a México, se deducirá el total de los impuestos de exportación, derechos u otros gravámenes a que se haya sometido la exportación de la mercancía en el país de origen, destinados a neutralizar la subvención.
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
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Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
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