ARTÍCULO 153: CONCEPTO DE CONVENCIONES Y CONGRESOS INTERNACIONALES
Para efectos de los artículos 106, fracción III, inciso a) y 116, fracción III de la Ley (LA: Art. 106) (LA: Art. 116), se entiende por convenciones y congresos internacionales a las conferencias, simposios, encuentros y eventos similares, que tengan como finalidad reunir en fechas preestablecidas a un determinado número de personas.
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
Tratados