ARTÍCULO 23: OPCIÓN DE SOLICITAR DEVOLUCIÓN, EFECTUAR COMPENSACIÓN O CONTINUAR ACREDITANDO, CUANDO SE PRESENTEN DECLARACIONES COMPLEMENTARIAS
Para los efectos del artículo 6o. de la Ley (LIVA: Art. 6), cuando se presenten declaraciones complementarias, en virtud de las cuales resulten saldos a favor o se incrementen los que habían sido declarados, el contribuyente podrá optar por solicitar su devolución, llevar a cabo su compensación conforme a lo dispuesto en dicho artículo o continuar el acreditamiento en la siguiente declaración de pago al día en que se presente la declaración complementaria.
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
Tratados