ARTÍCULO 31-A:

    Por el servicio de autorización que proporciona la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas respecto de agentes de fianzas, se pagarán derechos de autorización conforme a las siguientes cuotas:

  • Por la autorización definitiva a agentes de fianzas personas físicas para actuar por cuenta propia con vigencia de tres años ............................. $3,984.00
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  • Por el refrendo trianual de las autorizaciones definitivas a agentes personas físicas ............................................... $2,084.00
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  • Por la autorización a agentes de fianzas personas morales .............. $12,677.00
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  • Por la autorización para ejercer la actividad de apoderado de un agente de fianzas persona moral para intervenir en el asesoramiento y contratación de fianzas ........ $3,984.00
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  • Por el refrendo trianual de la autorización a que se refiere la fracción anterior ... $2,084.00
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  • Por la autorización provisional proporcionada a agentes de fianzas personas físicas ............................................... $2,535.00
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  • Por la autorización para ejercer la actividad de agente mandatario de instituciones de fianzas ............................................ $195.00
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  • Por la presentación del examen de acreditación de la capacidad técnica, para ejercer la actividad de agente de fianzas persona física o apoderado de agente de fianzas persona moral .............................................. $910.00
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  • Por la presentación de una sola prueba del examen de acreditación de la capacidad técnica, para ejercer la actividad de agente de fianzas persona física o apoderado de agente de fianzas persona moral .................................... $470.00