ARTÍCULO 72:
Por recepción y estudio de solicitudes y expedición de resoluciones específicas de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras y de autorizaciones que emita la Secretaría de Economía, se pagará el derecho de inversiones extranjeras, conforme a las siguientes cuotas:
Suscripción o adquisición de acciones o partes sociales de sociedades por constituir o ya constituidas y establecimiento de sucursales para realizar actividades o adquisiciones con regulación específica y en las que la inversión extranjera participe en más del 49% ............................................... $8,564.00
Constitución de fideicomisos de acciones o partes sociales, por virtud de los cuales se deriven derechos en favor de la inversión extranjera ................. $8,564.00
Por afectación de acciones para que instituciones fiduciarias emitan instrumentos de inversión neutra, o la emisión de series especiales de acciones neutras por parte de sociedades mexicanas .................................. $8,307.00
Entrada a nuevos campos de actividad económica, en donde se requiera resolución favorable de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras ........... $1,644.00
Autorización para la inscripción de personas morales extranjeras en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio, o para su establecimiento en la República Mexicana ? $2,405.00
Replanteamiento a resoluciones específicas o autorizaciones y exención de cumplimiento de programas y compromisos ............................... $8,227.00
Reconsideraciones o revisiones de resoluciones específicas .............. $986.00
Por recepción, estudio o resolución de consultas o confirmaciones de criterio que se presenten sobre la legislación aplicable en materia de inversión extranjera ..... $826.00
Por recepción y estudio de solicitudes para el otorgamiento de prórrogas:
Por la primera prórroga ............................... $826.00
Por la segunda y ulteriores prórrogas ..................... $1,652.00
Por la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, el otorgamiento de la opinión de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras a que se refiere el artículo 77 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión ........................ $24,323.00
(Se deroga).
(Se deroga).
(Se deroga).