ARTÍCULO 172-I:

    Por el otorgamiento de concesiones o asignaciones para la prestación del servicio público de transporte ferroviario o para la construcción, operación y explotación de las vías férreas que sean vía general de comunicación, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

    I. Para la prestación del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros o de carga:

     

  • Por la expedición del título ............................ $2,977.00
  •  

  • Por la reposición del título ........................... $2,127.00
  •  

    II. Para la construcción, operación y explotación de vías férreas, que sean vía general de comunicación:

    a) Por la expedición del título:

    Hasta 100 kilómetros

    De más de 100 a 500 kilómetros

    De más de 500 kilómetros

    1.- Gobiernos estatales, municipios y entidades paraestatales de la Administración Pública Federal ..............

    $1,063.15

    $1,488.45

     

    $1,913.86

    2.- Particulares exclusivamente ................

    $4,678.62

    $8,932.15

    $13,185.71

     

    III. Por la autorización para la cesión total o parcial de derechos y obligaciones establecidos en las concesiones o permisos ....................................... $2,552.00

     

    IV. Por prórroga de la vigencia ................................... $2,977.00