ARTÍCULO 172-I:
Por el otorgamiento de concesiones o asignaciones para la prestación del servicio público de transporte ferroviario o para la construcción, operación y explotación de las vías férreas que sean vía general de comunicación, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:
I. Para la prestación del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros o de carga:
II. Para la construcción, operación y explotación de vías férreas, que sean vía general de comunicación:
a) Por la expedición del título: | Hasta 100 kilómetros | De más de 100 a 500 kilómetros | De más de 500 kilómetros |
1.- Gobiernos estatales, municipios y entidades paraestatales de la Administración Pública Federal .............. | $1,063.15 | $1,488.45
| $1,913.86 |
2.- Particulares exclusivamente ................ | $4,678.62 | $8,932.15 | $13,185.71 |
III. Por la autorización para la cesión total o parcial de derechos y obligaciones establecidos en las concesiones o permisos ....................................... $2,552.00
IV. Por prórroga de la vigencia ................................... $2,977.00
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
Tratados