ARTÍCULO 190-B:
Por los servicios que se prestan en relación con bienes inmuebles de la Federación, de las entidades y de las instituciones públicas de carácter federal con personalidad jurídica y patrimonio propios a las que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos les otorga autonomía, se pagará el derecho de Registro Público de la Propiedad Federal conforme a las siguientes cuotas:
(Se deroga).
(Se deroga).
(Se deroga).
(Se deroga).
(Se deroga).
(Se deroga).
(Se deroga).
(Se deroga).
Expedición de certificados de libertad o existencia de gravámenes .......... $379.00
Expedición de certificados de inscripción de propiedad federal ............ $633.00
Expedición de certificados de no inscripción federal ................... $633.00
(Se deroga).
Expedición de listados y copias fotostáticas de los documentos o datos que obran en el Sistema de Información Inmobiliaria Federal y Paraestatal, por cada hoja ................................................. $31.00
Expedición de copia certificada de folio real ........................$850.00
Expedición de copia certificada de documento inscrito .................. $638.00
(Se deroga).
Asientos registrales en folio real que soliciten particulares ................ $850.00El pago de los derechos que establece este artículo comprende la búsqueda de antecedentes registrales y la expedición de las respectivas copias certificadas.
No pagarán los derechos a que se refieren las fracciones X, XIII, XIV y XV de este artículo el poder legislativo y las autoridades judiciales o administrativas cuando así lo requieran para el ejercicio de funciones de investigación o procuración de justicia.