Buscar en:
Escribe tu búsqueda

ARTICULOS

Ver todos los resultados

ORDENAMIENTOS

  • Quiénes Somos
  • SIAVI 5.0
  • Certificaciones
  • Ley Aduanera
  • Reglamento de la Ley Aduanera
  • RGCE
  • Decreto IMMEX
  • Código Fiscal de la Federación
  • Ley de Comercio Exterior
  • Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
  • Ley del IVA
  • Reglamento de la Ley del IVA
  • Ley Federal de derechos Ley Federal de Derechos
  • Tarifa TIGIE Tarifa Arancelaria
  • Tratados Tratados
  • Ley Aduanera
  • Reglamento de la Ley Aduanera
  • RGCE
  • Decreto IMMEX
  • Código Fiscal de la Federación
  • Ley de Comercio Exterior
  • Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
  • Ley del IVA
  • Reglamento de la Ley del IVA
  • Ley Federal de derechos Ley Federal de Derechos
  • Tarifa TIGIE Tarifa Arancelaria
  • Tratados Tratados

Tipo de cambio:

$ 16.87
  • Sitio en inglés:
    • Ley Federal de Derechos
    • III DE LOS DERECHOS POR EL USO O APROVECHAMIENTO DE BIENES DEL DOMINIO PÚBLICO
    • IV MUELLE, EMBARQUE Y DESEMBARQUE
  • ARTÍCULO 211: Oficinas en las que se pagarán los derechos de muelle, embarque y desembarque

     

    Los derechos de muelle, embarque y desembarque se pagarán en las oficinas que al efecto autoricen las autoridades fiscales.

     

    Las autoridades portuarias, antes de expedir el despacho de salida de una embarcación, verificarán el pago correspondiente de los derechos.

Ordenamientos
  • Ley Aduanera
  • Reglamento de la Ley Aduanera
  • RGCE
  • Decreto IMMEX
  • Código fiscal de la federación
  • Ley de Comercio Exterior
  • RLCE
  • Ley del IVA
  • Reglamento de la ley del IVA
  • Ley Federal de Derechos
  • Tarifa Epresarial
  • Tratados
BADO
  • Quiénes Somos
  • Capacitaciones Online
  • Certificaciones
Contacto
  • info@bado.mx
  • Preguntas frecuentes | FAQ
Contacto
  • info@bado.mx
  • Preguntas frecuentes | FAQ
Sitio seguro
  • Términos y Condiciones
  • Aviso de privacidad
© 2026 Base Aduanera Digital Online Todos los derechos Reservados Logo Addit