43/LA Instructivo de trámite para la cancelación de franquicia diplomática de vehículos, por misiones diplomáticas, consulares y organismos internacionales, así como su personal extranjero (Regla 3.3.2., Apartado A, segundo párrafo). |
¿Quiénes lo presentan? Quienes realicen misiones diplomáticas, consulares y organismos internacionales, así como su personal extranjero respectivo. |
¿Dónde se presenta? Ante la ACNCEA, mediante escrito libre. |
¿Qué documento se obtiene al finalizar el trámite? Oficio de respuesta a la solicitud de cancelación de la franquicia diplomática de vehículos. |
¿Cuándo se presenta? En cualquier momento, a petición de la SRE. |
Requisitos: 1. Solicitud para la cancelación de la franquicia diplomática de vehículos. 2. Formato denominado "Franquicia Diplomática de Vehículos", debidamente llenado a través de la SRE, contenido en el Anexo 1 del "Acuerdo por el que se establecen las disposiciones de carácter general para la importación de vehículos en franquicia", publicado en el DOF el 29 de agosto de 2007. 3. Carnet de identidad de los interesados expedido por la SRE. 4. Comprobante de retorno definitivo. 5. En su caso, oficios de enajenación o traspasos. |
Condiciones: No aplica |
Información adicional: 1. De conformidad con el "Acuerdo por el que se establecen las disposiciones de carácter general para la importación de vehículos en franquicia", el interesado deberá presentar el trámite ante la SRE Exteriores, para que ésta a su vez lo presente ante la ACNCEA. |
Disposiciones jurídicas aplicables: Artículos 62, fracción I de la Ley, 13 del "Acuerdo por el que se establecen las disposiciones de carácter general para la importación de vehículos en franquicia" y las reglas 1.2.2., 3.3.2. |
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