73/LA Instructivo de trámite de autorización para la ampliación del plazo de importación temporal de mercancías destinadas a eventos culturales o deportivos, patrocinados por entidades públicas, nacionales o extranjeras, así como por universidades o entidades privadas, autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del ISR (Regla 4.2.8., fracción III).

    ¿Quiénes lo presentan?

    Las personas que hayan importado temporalmente mercancías destinadas a eventos culturales o deportivos, patrocinados por entidades públicas, nacionales o extranjeras, así como por universidades o entidades privadas, autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del ISR y que deseen ampliar su plazo de importación temporal.

    ¿Dónde se presenta?

    Ante la ACAJACE, mediante escrito libre.

    ¿Qué documento se obtiene al finalizar el trámite?

    Oficio de respuesta a la solicitud de autorización para la ampliación del plazo de importación temporal.

    ¿Cuándo se presenta?

    Antes del vencimiento del plazo de permanencia en territorio nacional de las mercancías.

    Requisitos:

    1. Manifestar:

    a) El número del o los pedimentos de importación temporal.

    b) Motivos de permanencia de la mercancía en territorio nacional por un plazo mayor al autorizado.

    2. Copia del contrato que motive la permanencia de las mercancías en territorio nacional por un plazo mayor.

    Condiciones:

    1. Que el evento cultural de que se trate esté patrocinado por entidades públicas, nacionales o extranjeras, así como por universidades o entidades privadas, autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del ISR.

    Información adicional:

    1. El plazo que en su caso se otorgue, será hasta por la vigencia del contrato.

    Disposiciones jurídicas aplicables:

    Artículos 106, fracción III, inciso b), de la Ley y las reglas 1.2.2., 4.2.8.

     

    (LA: Art. 106) (RGCE 2020: Regla 1.2.2) (RGCE 2020: Regla 4.2.8)