Aviso electrónico de importación y de exportación. | ||
Patente o Autorización | Aduana de Despacho | Núm. de Pedimento | Folio de Aviso | Certificación | |
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Medio de Transporte | RFC del Transportista
| Número Económico | Placas | ||
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Descripción de la mercancía | |||||
| Código de Barras | ||||
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Unidad de Medida de Comercialización | Cantidad | ||||
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e.firma. | |||||
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INSTRUCCIONES
ENCABEZADO DEL AVISO PARA LA PAGINA PRINCIPAL Y LAS PAGINAS SECUNDARIAS EN SU CASO | |||||||
| Campo |
| Contenido | ||||
1. | Patente o Autorización. |
| Patente o Autorización del agente, apoderado aduanal, importador o exportador que promueve el despacho. | ||||
2. | Aduana de Despacho. |
| Clave de la Aduana de Despacho, conforme al Apéndice 1 del Anexo 22. | ||||
3. | Núm. Pedimento. |
| Número de Documento del pedimento consolidado que ampara la remesa, conforme a lo siguiente: 1 dígito,6 dígitos, | 4. | Folio del Aviso. |
| Número consecutivo por pedimento que el agente, apoderado aduanal, importador o exportador, asigne a la remesa. |
DATOS GENERALES
| Campo |
| Contenido | |||
1. | Medio de Transporte. |
| Clave del medio de transporte en que se conduce la mercancía, conforme al Apéndice 3 del Anexo 22. | |||
2. | RFC del transportista. |
| RFC del transportista que conduce las mercancías a la Aduana/Sección aduanera de despacho. | |||
3. | Número Económico. |
| Número económico cuando las mercancías se transporten en remolque, semirremolque o contenedor. En caso contrario se declara nulo. | |||
4. | Placas. |
| Número de placas del transporte que conduce las mercancías a la Aduana/Sección aduanera de despacho. Este campo es opcional. | |||
5. | Descripción de la mercancía. |
| Se podrá indicar "materiales, partes, componentes o material de empaque, utilizados en el proceso de elaboración, transformación o reparación de productos del sector (por ejemplo: indicar sector eléctrico, electrónico, de autopartes, automotriz, etc.)". | |||
6. | Unidad de Medida de Comercialización. |
| Clave correspondiente a la unidad de medida de comercialización de las mercancías, conforme al Apéndice 7 del Anexo 22. Tratándose de las operaciones a que se refieren las reglas 3.7.33. y 7.3.7., fracción IV, en otro caso se declara nulo. | |||
7. | Cantidad. |
| Cantidad de mercancías conforme a la unidad de medida de comercialización. Tratándose de las operaciones a que se refieren las reglas 3.7.33. y 7.3.7., fracción IV, en otro caso se declara nulo. | |||
8. | Código de Barras. |
| Se asentará el código de barras impreso por el agente, apoderado aduanal, importador o exportador, conforme a lo señalado en el apartado "facturas de pedimentos consolidados" del Apéndice 17 del Anexo 22. | |||
PIE DE PAGINA | ||||||
| e.firma. |
| e.firma del aviso electrónico, correspondiente al agente, apoderado aduanal, importador o exportador, que promueve el despacho. | |||
Se deberá imprimir en cuatro tantos, el correspondiente a la Aduana, agente o apoderado aduanal, transportista e importador o exportador.
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
Tratados