Artículo 514. Definiciones

     

    Para efectos de este capítulo:

    autoridad aduanera significa la autoridad competente que, conforme a la legislación interna de una Parte, es responsable de la administración de sus leyes y reglamentaciones aduaneras;

    bienes idénticos significa bienes que son iguales en todos sus aspectos, inclusive en características físicas, calidad y reputación, independientemente de las diferencias menores de apariencia que no sean relevantes para la determinación de su origen conforme al Capítulo IV;

    costo neto de un bien significa "costo neto de un bien" definido según el Artículo 415 (TLCAN: Art. 415);

    exportador en territorio de una Parte significa un exportador ubicado en territorio de una Parte y un exportador que, conforme a este capítulo, está obligado a conservar en territorio de esa Parte los registros relativos a las exportaciones de un bien;

    importación comercial significa la importación de un bien a territorio de cualquiera de las Partes con el propósito de venderlo o utilizarlo para fines comerciales, industriales o similares;

    importador en territorio de una Parte significa un importador ubicado en territorio de una Parte y un importador que, conforme a este capítulo, está obligado a conservar en territorio de esa Parte los registros relativos a las importaciones de un bien;

    material significa "material", definido según el Artículo 415 (TLCAN: Art. 415);

    material intermedio significa "material intermedio", definido según el Artículo 415 (TLCAN: Art. 415);

    productor significa "productor", definido según el Artículo 415 (TLCAN: Art. 415);

    producción significa "producción", definida según el Artículo 415 (TLCAN: Art. 415);

    Reglamentaciones Uniformes significa "Reglamentaciones Uniformes" establecidas de conformidad con el Artículo 511 (TLCAN: Art. 511);

    Reglas de marcado significa "Reglas de marcado", definidas según el Anexo 311 (TLCAN: Anexo 311);

    resolución de determinación de origen significa una resolución que establece si un bien califica como originario de conformidad con el Capítulo IV;

    trato arancelario preferencial significa la tasa arancelaria aplicable a un bien originario;

    utilizados significa "utilizados", definidos según el Artículo 415 (TLCAN: Art. 415);

    valor significa valor de un bien o material para efectos de calcular los aranceles aduaneros o para efectos de la aplicación del Capítulo IV; y

    valor de transacción significa "valor de transacción", definido según el Artículo 415 (TLCAN: Art. 415); y

    valor en aduanas significa "valor en aduanas" definido según el Artículo 415 (TLCAN: Art. 415), "Reglas de origen - Definiciones".