Artículo 1025: Definiciones
Para efectos de este capítulo:
bienes de otra Parte significa bienes originados en territorio de otra Parte, de conformidad con el Artículo 1004 --677-Art. 1004--;
contrato de servicios de construcción significa un contrato para la realización por cualquier medio de obra civil o edificación señalado en el Apéndice 1001.1b-3-A --680-Apendice 1001.1b|3|A--;
entidad significa una entidad incluida en el Anexo 1001.1a-1 --680-Anexo 1001.1a|1--, el Anexo 1001.1a-2 --680-Anexo 1001.1a|2--, o el Anexo 1001.1a-3 --680-Anexo 1001.1a|3--;
especificación técnica significa una especificación que establece las características de los bienes o procesos y métodos de producción conexos, o las características de servicios o sus métodos de operación conexos, incluyendo las disposiciones administrativas aplicables. También puede incluir requisitos en materia de terminología, símbolos, embalaje, marcado o etiquetado aplicables a un bien, proceso, o método de producción u operación o tratar exclusivamente de ellas;
norma significa "norma", como se define en el Artículo 915 --674-Art. 915--, "Definiciones";
norma internacional significa "norma internacional", como se define en el Artículo 915 --674-Art. 915--"Medidas relativas a normalización- Definiciones";
procedimientos de licitación significa procedimientos de licitación abierta, procedimientos de licitación selectiva o procedimientos de licitación restringida;
procedimientos de licitación abierta significa procedimientos en los que todos los proveedores interesados pueden presentar ofertas;
procedimientos de licitación restringida significa procedimientos mediante los cuales una entidad se comunica individualmente con proveedores, sólo en las circunstancias y de conformidad con las condiciones descritas en el Artículo 1016 --678-Art. 1016--;
procedimientos de licitación selectiva significa procedimientos en que, en los términos del Artículo 1011 --678-Art. 1011--, pueden presentar ofertas los proveedores a quienes la entidad invite a hacerlo;
proveedor significa una persona que ha provisto o podría proveer bienes o servicios en respuesta a la invitación de una entidad a licitar;
proveedor establecido localmente incluye una persona física residente en territorio de la Parte, una empresa organizada o establecida conforme a la legislación de la Parte, y una sucursal u oficina de representación ubicada en territorio de la Parte;
reglamento técnico significa "reglamento técnico" como se define en el Artículo 915 --674-Art. 915--; y
servicios incluye los contratos de servicios de construcción, a menos que se especifique lo contrario.