Artículo 1213. Definiciones

     

  • Para los efectos de este capítulo, la referencia a los gobiernos federales, estatales o provinciales incluye a los organismos no gubernamentales que ejerzan facultades reglamentarias, administrativas u otras de carácter gubernamental que le hayan sido delegadas por esos gobiernos.
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  • Para los efectos de este capítulo:
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    comercio transfronterizo de servicios o prestación transfronteriza de un servicio significa la prestación de un servicio:

     

    a. del territorio de una Parte al territorio de otra Parte;

    b. en territorio de una Parte, por personas de esa Parte, a personas de otra Parte; o

    c. por un nacional de una Parte en territorio de otra Parte,

     

    pero no incluye la prestación de un servicio en el territorio de una Parte mediante una inversión, tal como está definida en el Artículo 1139 (TLCAN: Art. 1139), "Inversión - Definiciones, en ese territorio;

     

    empresa significa una "empresa" como está definida en el Artículo 201 (TLCAN: Art. 201), "Definiciones de aplicación general", y la sucursal de una empresa;

     

    empresa de una Parte significa una empresa constitutiva u organizada de conformidad con las leyes de una Parte, incluidas las sucursales localizadas en el territorio de una Parte y realizando actividades económicas en ese territorio;

     

    prestador de servicios de una Parte significa una persona de la Parte que pretenda prestar o presta un servicio;

     

    restricción cuantitativa significa una medida no discriminatoria que impone limitaciones sobre:

     

    a. el número de prestadores de servicios, sea a través de una cuota, monopolio o una prueba de necesidad económica o por cualquier otro medio cuantitativo; o

    b. las operaciones de cualquier prestador de servicios, sea a través de una cuota o de una prueba de necesidad económica, o por cualquier otro medio cuantitativo;

     

    servicios aéreos especializados significa cartografía aérea; topografía aérea; fotografía aérea; control de incendios forestales; extinción de incendios; publicidad aérea; remolque de planeadores; servicios de paracaidismo; servicios aéreos para la construcción; transporte aéreo de troncos; vuelos panorámicos; vuelos de entrenamiento; inspección y vigilancia aéreas y rociamiento aéreo; y

     

    servicios profesionales significa los servicios que para su prestación requieren educación superior especializada o adiestramiento o experiencia equivalentes y cuyo ejercicio es autorizado o restringido por una Parte, pero no incluye los servicios prestados por personas que practican un oficio o a los tripulantes de barcos mercantes y aeronaves.