Artículo 1505: Definiciones
Para efectos de este capítulo:
designar significa establecer, designar, o autorizar, o ampliar el ámbito del monopolio para incluir un bien o servicio adicional, después de la fecha de entrada en vigor de este Tratado;
empresa del Estado significa, salvo lo dispuesto en el Anexo 1505.1 una empresa propiedad de, o bajo control, mediante participación accionaria, de una Parte;
mercado significa el mercado geográfico y comercial para un bien o servicio;
monopolio significa una entidad, incluido un consorcio u organismo gubernamental que, en cualquier mercado pertinente en territorio de una Parte, ha sido designado proveedor o comprador único de un bien o servicio, pero no incluye a una entidad a las que se les haya otorgado un derecho de propiedad intelectual exclusivo derivado solamente de dicho otorgamiento;
monopolio gubernamental significa un monopolio propiedad o bajo control, mediante participación accionaria, del gobierno federal de una Parte o de otro monopolio de esa índole;
según consideraciones comerciales significa de conformidad con las prácticas normales de negocios que lleven a cabo las empresas privadas que conforman esa industria;
trato discriminatorio incluye:
trato no discriminatorio significa el mejor trato, entre trato nacional y trato de nación más favorecida, como se señala en las disposiciones pertinentes de este Tratado.
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
Tratados