Anexo 1705.7: Derechos de autor

     

    Estados Unidos otorgará protección a las películas cinematográficas producidas en territorio de otra Parte, que hubieren sido declaradas de dominio público conforme al 17 U.S.C. Sección 405. Esta obligación se aplicará en la medida que sea compatible con la Constitución de Estados Unidos, y estará sujeta a consideraciones de índole presupuestal.