Artículo 1801: Centros de información
Cada una de las Partes acreditará un centro de información para facilitar la comunicación entre las Partes sobre cualquier asunto comprendido en este Tratado. Cuando otra Parte lo solicite, el centro de información indicará la dependencia o el funcionario responsable del asunto y prestará el apoyo que se requiera para facilitar la comunicación con la Parte solicitante.
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
Tratados