Artículo 2107: Definiciones

     

    Para los efectos de este capítulo:

    convenio tributario significa convenio para evitar la doble tributación u otro convenio o arreglo internacional en materia tributaria;

    Fondo significa el Fondo Monetario Internacional.

    industrias culturales significa toda persona que lleve a cabo cualquiera de las siguientes actividades:

  • la publicación, distribución o venta de libros, revistas, publicaciones periódicas o diarios impresos o legibles por medio de máquina, pero no incluye la actividad aislada de impresión ni de composición tipográfica, ni ninguna de las anteriores;
  • la producción, distribución, venta o exhibición de grabaciones de películas o video;
  • la producción, distribución, venta o exhibición de grabaciones de música en audio o video;
  • la publicación, distribución o venta de música impresa o legible por medio de máquina; o
  • la comunicación por radio en la cual las transmisiones tengan el objeto de ser recibidas por el público en general, así como todas las actividades relacionadas con la radio, televisión y transmisión por cable y los servicios de programación de satélites y redes de transmisión;
  • impuestos y medidas tributarias no incluyen:

  • un "arancel aduanero", como se define en el Artículo 318 (TLCAN: Art. 318), "Trato nacional y acceso de bienes al mercado - Definiciones"; o
  • las medidas listadas en las excepciones (b), (c), (d) y (e) de esa definición;
  • pagos por transacciones corrientes internacionales significa "pagos por transacciones corrientes internacionales" según la definición en los Artículos del Convenio del Fondo;

    transacciones internacionales de capital significa "transacciones internacionales de capital" según la definición en los Artículos del Convenio del Fondo; y

    transferencias significa transacciones internacionales y transferencias internacionales y pagos conexos.