ARTÍCULO 14: Medidas antidumping y compensatorias

     

    México y la Comunidad confirman sus derechos y obligaciones derivados del Acuerdo relativo a la Aplicación del artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, y del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias de la OMC.