REGLA 1.2.8. CONSULTA DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA
Para los efectos del artículo 47 de la Ley , los importadores, exportadores, agentes o apoderados aduanales, podrán previamente a la importación o exportación de mercancías de comercio exterior, formular consulta ante la ACNCEA , cumpliendo con lo previsto en la ficha de trámite 4/LA.
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
Tratados