REGLA 1.10.5. DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTE LEGAL COMÚN
Para efectos de llevar a cabo el despacho de las mercancías sin la intervención de un agente aduanal, podrán designar uno o varios representantes legales comunes, las siguientes personas morales:
Las personas morales mencionadas, deberán presentar solicitud conforme a la ficha de trámite 26/LA , y acreditar que el representante legal tenga relación laboral con alguna de las mismas.
Los autorizados conforme a la presente regla, serán responsables solidarios del pago de los impuestos al comercio exterior y de las demás contribuciones o aprovechamientos, que se causen con motivo de la extracción del territorio nacional, cuando realicen el despacho de mercancías por conducto del representante legal común.
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
Tratados