REGLA 3.7.8. OBTENCIÓN DE GLOSA ADUANERA

     

    Para los efectos del artículo 144, fracción XXVI, de la Ley , las Cámaras y Asociaciones Industriales agrupadas por la Confederación que participen en el Programa de Control Aduanero y Fiscalización por Sector Industrial con el SAT , podrán solicitar a la AGA la información de los pedimentos de importación que corresponda a su sector industrial, de conformidad con los convenios suscritos, siempre que se cumpla con los lineamientos que para tal efecto se expidan y con lo dispuesto en el artículo 69, primer párrafo del CFF.