REGLA 5.3.2. MARBETES ROBADOS, PERDIDOS O DETERIORADOS
Para los efectos del artículo 19, fracción V, de la Ley del IEPS , en caso de robo, pérdida, o deterioro de los marbetes o precintos destinados a su colocación en la mercancía a importar o importada, el contribuyente deberá observar lo dispuesto en la RMF.
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
Tratados