Código de Barras | ||||||
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DATOS GENERALES | ||||||
Aduana de Despacho | Número de Patente o Autorización | Nombre del agente aduanal, apoderado aduanal o representante legal acreditado. | Fecha de Emisión | |||
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LISTADO DE PEDIMENTOS O AVISOS CONSOLIDADOS | ||||||
Consecutivo | Número de Pedimento | Número del aviso consolidado | ||||
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NUMERO DE CONTENEDORES | ||||||
1. | ||||||
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3. | ||||||
4. | ||||||
INSTRUCTIVO DE LLENADO DEL FORMATO RELACION DE DOCUMENTOS
El agente aduanal, apoderado aduanal o representante legal acreditado, es quien tiene la obligación de llenar este formato, cuando se trate tanto de operaciones efectuadas con un pedimento y/o aviso consolidado, o consolidación de carga conforme a la regla 3.1.21., o bien tratándose de operaciones realizadas con pedimentos Parte II a que se refiere la regla 3.1.18., segundo párrafo, fracción I. El formato deberá presentarse ante el módulo de selección automatizado como primera hoja de todos los documentos que ampara.
Los siguientes campos se llenarán, como a continuación se indica:
1. El código de barras estará determinado como:
| Longitud | Formato | |
1 | Carácter que identifica que la lectura es por código de barras (L). | 1 | Carácter. |
2 | Número total de pedimentos de la operación. | 2 | Numérico |
3 | CAAT, obtenido conforme a la regla 2.4.4. | 4 | Numérico |
4 | Número de contenedor.- Este campo deberá llenarse, tratándose de operaciones efectuadas con pedimento Parte II o pedimento consolidado, indicando el número de contenedor, cuando la mercancía se transporte en tractocamiones doblemente articulados (full). | 11 | Alfanumérico |
5 | Número de contenedor.- Este campo deberá llenarse, tratándose de operaciones efectuadas con pedimento Parte II o pedimento consolidado, indicando el número de contenedor, cuando la mercancía se transporte en tractocamiones doblemente articulados (full). | 11 | Alfanumérico |
6 | Número de contenedor.- Este campo deberá llenarse, tratándose de operaciones efectuadas con pedimento Parte II o pedimento consolidado, indicando el número de contenedor, cuando la mercancía se transporte en tractocamiones doblemente articulados (full). | 11 | Alfanumérico |
7 | Número de contenedor.- Este campo deberá llenarse, tratándose de operaciones efectuadas con pedimento Parte II o pedimento consolidado, indicando el número de contenedor, cuando la mercancía se transporte en tractocamiones doblemente articulados (full). | 11 | Alfanumérico |
Después de cada campo, se deben presentar los caracteres de control "CARRIAGE RETURN" y "LINE FEED".
2. Datos generales.
1. Aduana de Despacho. | Deberá declararse la clave de la aduana/sección en la que se tramita el despacho aduanero. Este campo está conformado por tres caracteres numéricos. |
2. Número de Patente o Autorización. | Deberá declararse el número de la patente o autorización que corresponda al agente aduanal, apoderado aduanal o representante legal acreditado que realiza el despacho de las mercancías. Se conforma por cuatro caracteres alfanuméricos. |
3. Nombre del agente aduanal, apoderado aduanal o representante legal acreditado. | Deberá declararse el nombre del agente aduanal, apoderado aduanal o representante legal acreditado, que promueve el despacho. |
4. Fecha de Emisión. | Deberá declararse la fecha de emisión del formato. El campo deberá declararse como DD/MM/AAAA |
3. Listado de Pedimentos o avisos consolidados.
1. Consecutivo. | Consecutivo que se está declarando, del pedimento y/o del aviso consolidado, tratándose de pedimentos consolidados. |
2. Número de pedimento. | Se deberán declarar todos los pedimentos en consolidación de carga que amparen las mercancías en transporte en un mismo vehículo. |
3. Número del aviso consolidado. | Se deberá declarar el(los) número(s) de acuse de valor obtenido(s) de la transmisión de la información relativa al valor y demás datos relacionados con la comercialización de las mercancías, que amparen las remesas de los pedimentos consolidados conforme a los artículos 37 y 37-A de la Ley y la regla 1.9.19., en consolidación de carga que amparen las mercancías en transporte en un mismo vehículo. |
4. Número de contenedores.
1. Número de contenedores. | Se deberá declarar el(los) contenedor(es) en el (los) que se transporta la mercancía. |
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
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Tratados