ARTÍCULO 195Z-10:
Por la revisión de los documentos y, en su caso, autorización como inspector naval privado a personas físicas o morales, se pagarán anualmente las siguientes cuotas:
ARTÍCULO 195Z-10:
Por la revisión de los documentos y, en su caso, autorización como inspector naval privado a personas físicas o morales, se pagarán anualmente las siguientes cuotas: