ARTÍCULO 3.1 DEFINICIONES

    Para los efectos de este Capítulo:

    Acuerdo sobre la Agricultura significa el Acuerdo sobre la Agricultura, referido en el Anexo 1A del Acuerdo sobre la OMC;

    Mercancía agrícola significa aquel producto agrícola referido en el Artículo 2 del Acuerdo sobre la Agricultura; y

    Subvención a la exportación tiene el mismo significado que el de "subvenciones a la exportación" referido en el Artículo 1(e) del Acuerdo sobre la Agricultura.