ARTÍCULO 3.9: SALVAGUARDIAS ESPECIALES AGRÍCOLAS
Las mercancías agrícolas originarias comercializadas conforme a un trato arancelario preferencial no estarán sujetas a ningún arancel que la Parte importadora aplique, de conformidad con una salvaguardia especial adoptada conforme al Acuerdo sobre la Agricultura.
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
Tratados