ARTÍCULO 5.14: RESOLUCIONES ANTICIPADAS RELACIONADAS AL ORIGEN
1. De conformidad con el Artículo 7.5 (T-MEC: Art. 7.5) (Resoluciones Anticipadas), cada Parte, por conducto de su administración aduanera dispondrá, a solicitud, la emisión por escrito de una resolución anticipada sobre origen conforme a este Tratado.
2. Cada Parte adoptará o mantendrá procedimientos uniformes en su territorio para la emisión de resoluciones anticipadas sobre origen conforme a este Tratado, incluidas las reglas comunes establecidas en las Reglamentaciones Uniformes referentes a la información requerida para tramitar la solicitud de una resolución.
Mexican Customs Law
Regulations Of The Mexican Customs Law
RGCE 2020
IMMEX Decree
Federal Fiscal Code
Foreign Trade Law
Regulations of Foreign Trade Law
Value Added Tax Law
Regulations of Value Added Tax Law
Federal Duties Law