ARTÍCULO 20.52: PROTECCIÓN

    1. Cada Parte asegurará protección adecuada y efectiva a los diseños industriales de manera compatible con los Artículos 25 y 26 del Acuerdo ADPIC.

    2. De conformidad con el párrafo 1, cada Parte confirma que la protección está disponible para diseños contenidos en una parte de un artículo.