ARTÍCULO 20.65: TRANSFERENCIAS CONTRACTUALES
Cada Parte dispondrá que, para el derecho de autor y los derechos conexos, cualquier persona que adquiera u ostente derechos patrimoniales sobre una obra, interpretación o ejecución, o fonograma:
ARTÍCULO 20.65: TRANSFERENCIAS CONTRACTUALES
Cada Parte dispondrá que, para el derecho de autor y los derechos conexos, cualquier persona que adquiera u ostente derechos patrimoniales sobre una obra, interpretación o ejecución, o fonograma: