ARTÍCULO 24.18: MANEJO SOSTENIBLE DE PESQUERÍAS
1. Con miras a alcanzar los objetivos de conservación y manejo sostenible, cada Parte buscará operar un sistema de manejo pesquero que regule la pesca de captura marina silvestre y que esté diseñado para:
Prevenir la sobrepesca y la sobrecapacidad a través de medidas apropiadas, tales como límites de entrada, tiempo, área y otras restricciones, y el establecimiento y la aplicación de límites de captura o esfuerzo;Reducir la captura incidental de especies no objetivo y juveniles, incluyendo a través de la regulación de, y la implementación de medidas asociadas con, los artes y métodos de pesca que resulten en captura incidental y de la regulación de la pesca en áreas en las que sea probable que se produzca la captura incidental;Promover la recuperación de poblaciones en sobrepesca para todas las pesquerías marinas en las cuales las personas de la Parte realizan actividades de pesca; yProteger el hábitat marino mediante la cooperación, según sea apropiado, para prevenir o mitigar los impactos adversos significativos de la pesca.2. Además, cada Parte adoptará o mantendrá medidas:
Para prevenir el uso de venenos y explosivos con el propósito de pesca comercial de peces; yDiseñadas para prohibir la práctica del aleteo de tiburón.3. Cada Parte basará su sistema de manejo pesquero en la mejor evidencia científica disponible y en las mejores prácticas reconocidas internacionalmente para el manejo y la conservación pesqueras como se refleja en las disposiciones pertinentes de los instrumentos internacionales orientados a asegurar el uso sostenible y la conservación de las especies marinas.