ARTÍCULO 24.26: COMITÉ DE MEDIO AMBIENTE Y PUNTOS DE CONTACTO
1. Cada Parte designará y notificará un punto de contacto de sus autoridades relevantes dentro de 90 días a partir de la fecha de entrada en vigor de este Tratado, con el fin de facilitar la comunicación entre las Partes para la implementación de este Capítulo. Cada Parte notificará con prontitud, por escrito, a las otras Partes en caso de que haya cualquier cambio de su punto de contacto.
2. Las Partes establecen un Comité de Medio Ambiente compuesto por representantes gubernamentales de alto nivel, o sus designados, de las autoridades nacionales relevantes de comercio y medio ambiente del nivel central del gobierno de cada Parte, responsables de la implementación de este Capítulo.
3. El propósito del Comité de Medio Ambiente es supervisar la implementación de este Capítulo y sus funciones son:
4. El Comité de Medio Ambiente se reunirá dentro de un año a partir de la fecha de entrada en vigor de este Tratado. Posteriormente, el Comité de Medio Ambiente se reunirá cada dos años a menos que el Comité de Medio Ambiente acuerde algo diferente. El Presidente del Comité de Medio Ambiente y la sede de sus reuniones se rotarán entre cada una de las Partes en orden alfabético en inglés, a menos que el Comité de Medio Ambiente decida algo diferente.
5. Todas las decisiones e informes del Comité de Medio Ambiente serán tomados por consenso, a menos que el Comité decida algo diferente o a menos que se disponga lo contrario en este Capítulo.
6. Todas las decisiones e informes del Comité de Medio Ambiente serán puestos a disposición del público, a menos que el Comité de Medio Ambiente decida algo diferente.
7. Durante el quinto año después de la fecha de entrada en vigor de este Tratado, el Comité de Medio Ambiente:
8. El Comité de Medio Ambiente dispondrá que el público pueda dar su opinión en asuntos pertinentes al trabajo del Comité, según sea apropiado, y sostendrá una sesión pública en cada reunión.
9. Las Partes reconocen la importancia de la eficiencia de los recursos en la implementación de este Capítulo y la conveniencia de utilizar las nuevas tecnologías para facilitar la comunicación y la interacción entre las Partes y con el público.
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
Tratados