ARTÍCULO 31.12: PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE DOCUMENTOS

    Las Partes contendientes presentarán todos los documentos relacionados con una controversia, incluidas las presentaciones escritas, las versiones escritas de las declaraciones orales y las respuestas escritas a las preguntas del panel, por medios electrónicos a través de sus respectivas Secciones del Secretariado.