ARTÍCULO 34.6: DENUNCIA
Una Parte podrá denunciar este Tratado mediante la presentación de una notificación por escrito de denuncia a las otras Partes. Una denuncia surtirá efecto seis meses después de que una Parte presente la notificación por escrito a las otras Partes. Si una Parte lo denuncia, este Tratado continuará en vigor para el resto de las Partes.
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
Tratados