REGLA 1.1.10 CONSULTA DE INFORMACIÓN Y SOLICITUD DE COPIAS CERTIFICADAS DE PEDIMENTOS
Cualquier interesado podrá consultar, exclusivamente la información de los pedimentos de importación correspondientes a sus operaciones, presentados a despacho en las aduanas y secciones aduaneras del país, consistente en fracción arancelaria, valor en aduana, fecha, tipo de operación, contribuciones y regulaciones o restricciones no arancelarias, número de pedimento, patente, estado del pedimento, fecha, secuencia, tipo de operación y clave de documento, a través del Portal del SAT.
Las personas físicas o morales interesadas en obtener copias certificadas de los pedimentos y anexos, incluso transmitidos al SEA --354-Glosario-- --196-Art. 6-- en documento electrónico y digital, de las operaciones que hayan efectuado y que obren en poder de la AGA --354-Glosario-- o en el citado sistema, deberán formular su solicitud mediante el formato denominado "Solicitud de expedición de copias certificadas de pedimentos y sus anexos" --355-Anexo 1-- y cumplir con lo previsto en el instructivo de trámite que forma parte de dicho formato o mediante la Ventanilla Digital. --354-Glosario--
Para los efectos de la presente regla, tratándose de copias certificadas de pedimentos y sus anexos solicitados por la Federación, las Entidades federativas, Municipios y Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México, de asuntos oficiales y de su competencia, siempre que la solicitud no derive de la petición de un particular, no se pagarán derechos de conformidad con el artículo 5o. de la LFD --491-Art. 5--; sin embargo, deberán presentar oficio dirigido a la ACIA --354-Glosario-- solicitando el trámite de expedición de dichas copias.
--228-Art. 144-- --613-Art. 19-- --615-Art. 37-- --615-Art. 69-- --491-Art. 5-- --305-Regla 1.2.1-- --355-Anexo 1--