REGLA 1.2.10. EMISIÓN DE RESOLUCIONES ANTICIPADAS EN MATERIA DE ORIGEN EN TÉRMINOS DE LOS ACUERDOS COMERCIALES O TRATADOS DE LIBRE COMERCIO SUSCRITOS POR MÉXICO

     

    De conformidad con los acuerdos comerciales o tratados de libre comercio suscritos por México que se encuentren vigentes, las personas físicas o morales podrán solicitar, con anterioridad a la importación o exportación de la mercancía, la emisión de resoluciones anticipadas en materia de origen, ante la ACAJACE , presentando el formato denominado "Solicitud de emisión de resolución anticipada en materia de origen".