REGLA 1.6.20. SOLICITUD DE CANCELACIÓN DE LA CUENTA ADUANERA DE GARANTÍA
Para los efectos de lo dispuesto en las reglas 1.6.21., y 1.6.29. , la solicitud de cancelación de la garantía deberá contener la siguiente información:
Denominación o razón social de la institución de crédito o casa de bolsa.
Número de folio y fecha de expedición del contrato y de la constancia de depósito o garantía.
Nombre, denominación o razón social y RFC del contribuyente.
En el caso de importaciones de mercancías sujetas a precios estimados , número y fecha del pedimento de importación.
En el caso de sustitución de embargo, número y fecha del oficio de autorización de liberación de la garantía.
Número y fecha del oficio de autorización de liberación de la garantía, emitido por la autoridad competente en los términos de la regla 1.6.29. , cuando la autoridad aduanera hubiese presentado aviso del inicio de sus facultades de comprobación.
Lo anterior sin perjuicio de los demás requisitos que establezca la institución de crédito o casa de bolsa correspondiente.