REGLA 1.12.7. REVOCACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN A MANDATARIOS DE AGENCIAS ADUANALES
Para efecto del artículo 167-F, fracción III de la Ley , las agencias aduanales interesadas en revocar las autorizaciones de sus mandatarios, deberán presentar ante la ACAJA , la solicitud en el Portal del SAT, accediendo a la Ventanilla Digital, y cumplir lo establecido en la ficha de trámite 34/LA .
La solicitud de revocación a que se refiere el párrafo anterior, únicamente procederá en los casos en que la autorización otorgada al mandatario se encuentre vigente.
Ley Aduanera
Reglamento de la Ley Aduanera
RGCE
Decreto IMMEX
Código Fiscal de la Federación
Ley de Comercio Exterior
Reglamento de la Ley de Comercio Exterior
Ley del IVA
Reglamento de la Ley del IVA
Ley Federal de Derechos
Tarifa Arancelaria
Tratados