REGLA 1.12.9. AUTORIZACIÓN A LAS AGENCIAS ADUANALES PARA ACTUAR EN ADUANAS ADICIONALES

    Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 167-I, tercer párrafo de la Ley , las agencias aduanales, podrán solicitar autorización para actuar en una aduana adicional, ante la ACAJA , a través del Portal del SAT, accediendo a la Ventanilla Digital, para lo cual deberán cumplir con lo establecido en la ficha de trámite 36/LA .

    La ACAJA , verificará que la agencia aduanal, hubieran presentado la declaración anual del ISR correspondiente al último ejercicio fiscal por el que se debió haber presentado.