REGLA 1.12.9. AUTORIZACIÓN A LAS AGENCIAS ADUANALES PARA ACTUAR EN ADUANAS ADICIONALES
Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 167-I, tercer párrafo de la Ley , las agencias aduanales, podrán solicitar autorización para actuar en una aduana adicional, ante la ACAJA , a través del Portal del SAT, accediendo a la Ventanilla Digital, para lo cual deberán cumplir con lo establecido en la ficha de trámite 36/LA .
La ACAJA , verificará que la agencia aduanal, hubieran presentado la declaración anual del ISR correspondiente al último ejercicio fiscal por el que se debió haber presentado.
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